Dr. Ricardo Vázquez Contreras y Salomon Ackerman Silverstein nos explican la defraudación fiscal 2020
Dr. Ricardo Vázquez Contreras considerado el mejor abogado fiscal de México
Ricardo Vázquez Contreras y Salomon Ackerman Silverstein dos de los más queridos y respetados expertos en materia fiscal de México nos presentan los cambios en Derecho Fiscal y las repercusiones en los negocios.
Salomon Ackerman es una firma de negocios e impacto social en México, Estados Unidos y Latino América. Su creador Salomon Ackerman Silverstein es uno de los Empresarios y Consultores más importantes en Promoción de Negocios, Procuración de Fondos, Impacto de Medios, Publicidad y Prensa de México y Latino América.
Empresas fantasmas
Una empresas fantasma es una corporación que no tiene activos ni empleados y que se caracterizan por su completa opacidad.
Dichos contribuyentes simulan operaciones a través de la emisión de facturas o comprobantes fiscales digitales.
La intención de estas empresas fantasma es convencer a los contribuyentes de que al comprar estas facturas reducirán sus impuestos, a cambio del pago a la empresa de una comisión, que regularmente atiende a un porcentaje del monto de la factura.
Desde el 1° de enero de 2014 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica en su página oficial, con fundamento en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, los nombres de dichas empresas.
Operaciones inexistentes
Emitir una factura por cualquier concepto sin tener los recursos necesarios para desarrollar la actividad que se describe en el comprobante, o sin ser un contribuyente localizable para la autoridad fiscal, además de tratar de comprobar gastos por esas actividades, son operaciones inexistentes.
El Codigo Fiscal de la Federación en su numeral 69-b establece que “cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes”.
Sin embargo, esta presunción no solamente acusa a quien emite el CFDI, sino a quien trate de deducir con este será observado por el SAT. En el sistema tributario mexicano desde 2014 cuenta con “listas negras” un instrumento publicado en el Diario Oficial de la Federación, en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público evidencia a todos aquellos que estén en ese supuesto.
Los efectos de la publicación de este listado serán considerados, con efectos generales, que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por el contribuyente en cuestión no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
Además de que podrá determinar el o los créditos fiscales correspondientes e incluso en caso de reincidencias tendrá la posibilidad de imputarle responsabilidades penales.
¿Qué son los Efos y los Edos?
La simulación de operaciones a través de comprobantes fiscales digitales
La simulación de operaciones a través de comprobantes fiscales digitales es una de las operaciones que más crecen en México, la autoridad fiscal identifica a los EFOS y EDOS como parte de la operación de las empresas fantasma.
La reforma fiscal de 2014, realizó modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), donde realizó la incorporación del artículo 69-B al Código Tributario, con el cual se incorpora un procedimiento para detectar y combatir a los contribuyentes que han emitido comprobantes fiscales apócrifos.
Empresa que Factura Operaciones Simuladas (EFOS)
Existen personas que lucran con la emisión de comprobantes fiscales digitales, a los que se conoce como empresas fantasmas o EFOS, porque facturan operaciones, compras o servicios que en realidad nunca se llevaron a cabo.
Empresa que Deduce Operaciones Simuladas (EDOS)
Al “comprar” esas facturas o comprobantes fiscales digitales se están convirtiendo en EDOS, es decir, en personas o empresas que simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos.
Es muy complicado para las empresas saber si tienen algún proveedor que se encuentre en la lista negra, ya que tendrían que llevar a cabo un proceso manual diariamente. Por fortuna, ya existe una plataforma especializada en automatizar el proceso de revisión, detección y prevención de EFOS.
Amigable, rápido e intuitivo, este software les permite a los usuarios conocer el estatus de todas sus operaciones y de todos sus proveedores de hasta 5 años atrás en tan solo unos minutos.
Su nombre es ELECTROEFOS.
¿Cuál es el límite de operaciones en efectivo en México para el 2020?
** En términos del decreto emitido por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2020, el valor de la UMA para 2020 es de $86.88 pesos mexicanos a partir del 1 de febrero de 2020.
Restricción de uso de efectivo y metales
Actividad | Límite en UMA* | Monto límite en MN** |
Compraventa de inmuebles | 8,025 | $697,212.00 |
Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres | 3,210 | $278,884.80 |
Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte | 3,210 | $278,884.80 |
Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos | 3,210 | $278,884.80 |
Servicios de blindaje | 3,210 | $278,884.80 |
Compra venta de acciones o partes sociales | 3,210 | $278,884.80 |
Arrendamiento de inmuebles, nuevos o usados | 3,210 | $278,884.80 |
* Conforme al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo (DOF 27/enero/2016), todas las menciones al salario mínimo como base, medida o referencia para determinar la cuantía de obligaciones y supuestos previstos en leyes federales, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
** En términos del decreto emitido por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2020, el valor de la UMA para 2020 es de $86.88 pesos mexicanos a partir del 1 de febrero de 2020.
